Sig: 7 LICENCIA DE USO
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- a. Puedes transmitir tu derecho patrimonial sobre el mismo a otra
persona o una empresa, mediante un contrato de cesión de derechos
y a cambio de una retribución económica negociada. Dejarás de ser
el titular del derecho de autor del programa.
Muy recomendable que te asesores con un abogado para redactar el contrato,
y que lo ingreses al Registro Público del Derecho de Autor.
- b. Puedes licenciar el uso de tu programa a otros, redactando una
licencia o usando una ya existente, que indica qué sí se puede hacer
y qué no. Tú sigues siendo el titular del derecho de autor del programa.